miércoles, junio 24, 2009

A la llum dels fogueres…...

Ja de tornada a la normalitat després d'uns dies a Alacant, on s'ha intentat compaginar malaltia amb treball i família.

Satisfacció per la foguera plantada en La Condomina.
Un 4t Premi i Premi de Turisme en la Secció Tercera està molt bé amb la competència que hi havia en la secció, per davant Paco López, Sergio Edo i Paco Mesado, va tancar el quintet de premiats Armengol y Cimas.
Però la satisfacció no és únicament pel premi, això sempre és a estimació del jurat, si no per que la foguera realment va quedar molt bé, les cares de satisfacció dels comissionats al veure el treball acabat és el millor premi que podem rebre, i un servidor en la seua tasca d'ajudant es dóna per molt satisfet.

A més he pogut veure coses molt interessants a Alacant, eixe toc de frescor que donen als monuments allí plantats i que per a alguns són com un extra de combustible faller.

A la llum dels fogueres ……..

jueves, junio 11, 2009

¿Alguien me lo puede explicar? (Sigo hablando del Reglamento Fallero)

El pasado día 3 de junio, realizaba un post que recogía la cronología del II congreso local fallero.

Reconozco que me indigna la dejadez total que tenemos los falleros ante algo tan importante como es nuestra “norma”, así como la dejadez demostrada por nuestras autoridades, las de antes y las de ahora, al respecto.

Si a uno le cuesta entender que algo iniciado en 1998 a fecha de hoy aun siga sin estar resuelto, más le cuesta entender algunas de las respuestas que ha recibido (y sigue recibiendo) cuando ha preguntado aquello de “¿Qué hay del Reglamento fallero?”


La que más me ha descolocado en todo este transcurso de tiempo fue una que nos indicaba, que el nuevo reglamento iba contra la ley.

Reconozco que en materia jurídica no tengo ni idea, pero sí que me explicó algunas cosas al respecto una excelente amiga y congresista fallera que de esto de leyes sabe y mucho.


Y esa ley a que se referían que era el principal motivo de su “paralización” no es otra que la ley 57/2003 de 16 de diciembre, de medidas para la modernización de gobierno local. Quizás sea cierto que el texto contenga algunos matices que pueden ir contra dicha ley y se tenga que adaptar, pero aquí me gustaría dejar algunas cosas bien claras.


Si nos fijamos en el cronograma que publique el 3 de junio, destacaría algunos datos:

En enero de 2001 se reitera por parte del Congreso Fallero la petición de 2 Asesores Jurídicos al Ayuntamiento (se había solicitado al inicio del congreso). La petición se hacia en su momento con toda la intención para evitar errores graves en la redacción del reglamento.

El 22 de noviembre de 2002 se aprueba el texto del nuevo reglamento fallero por el pleno del II Congreso Fallero Local de Torrent.

Por lo tanto para nada puede ir en contra un reglamento de algo que aun no existe, aun tardaría más de un año en publicarse la norma en la que se basaban para pretender decirnos que el reglamento era ilegal (igual se piensan algunos que los falleros somos tontos).

Pero es más, el nuevo reglamento fue informado favorablemente por el Oficial Mayor del ayuntamiento en noviembre de 2003, y aprobado en el pleno del ayuntamiento por unanimidad (todos los grupo políticos presentes).


Pero para rizar el rizo, en el Reglamento fallero en vigor (el de 1982) en el Articulo 2º dice textualmente “A los efectos legales, la Junta Local Fallera gozará de la condición jurídica de Servicio Público Personalizado, a tenor de lo dispuesto en el apartado c) del Artículo 85 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales de 17/6/55, en relación con la competencia municipal que establece el apartado f) del párrafo 2º del Artículo 101 de la Ley de Régimen Local”

En el “nuevo” reglamento en su Artículo 37 dice "Naturaleza. La regulación de la actividad fallera, como manifestación social eminentemente festiva y cultural, puede ser de competencia municipal a tenor de lo dispuesto en la normativa vigente de Bases de Régimen Local. En concordancia con ella, se articula para la administración y gestión directa de los servicios públicos locales, el organismo autónomo local denominado Junta Local Fallera, que contará con la correspondiente partida presupuestaria de carácter anual y que estará regulado por un reglamento de servicios denominado Reglamento Fallero.”


Es decir, la naturaleza jurídica de JLF es la misma en ambos reglamentos pero a mi me llama curiosamente la atención que desde 1982 sigamos en la “alegalidad” mas absoluta ya que en ningún momento se ha constituido el Organismo Autónomo Local (Servicio Público Personalizado), ni siquiera cuando ha entrado en vigor la ley 57/2003 de 16 de diciembre que también afecta al actual reglamento fallero en vigor de 1982.

¿Alguien me lo puede explicar?

lunes, junio 08, 2009

Otras fallas son posibles.

El pasado año charlaba junto a Jesús del Ramo (http://www.bondiatorrent.es/) la posibilidad de organizar un concurso de cortos falleros entre las fallas de Torrent. La idea la verdad que era muy atractiva, yo le comenté que en las fallas de Gandia ya llevaban algún tiempo organizándolo y que tenían muy buena pinta los resultados.
La idea la dejamos aparcada dada la complejidad de la misma y la dificultad de conseguir sponsors para el concurso. Fueron bonitas nuestras charlas mientras imaginábamos las emisiones de los cortos y sobre todo la Gala de entrega de premios tipo Oscar de Hollywood.

Aquí os pongo algunos ejemplos del concurso 2009 de las fallas de Gandia.


La realidad de un presidente de falla, (buenisimo el comentario de "ja tenim idiota").

¿Seriamos capaces de tener esta carga crítica aquí en Torrent?

Sobre todo en el minuto 3:39

Reflexión sobre el fallermayorismo.


La realización de este corto me encanta.


viernes, junio 05, 2009

Envidia sana, y nosotros de batallitas.

Envidia sana, y nosotros de "batallitas" con la faena que hay por hacer.


Estem bojos

La Comissió d’Estudis Fallers Torrentins naix després de moltes converses i raonaments entre un grup de fallers de Torrent preocupats fonamentalment per la documentació escrita i visual de la festa i per la transmissió d’esta documentació a la societat. Ens hem adonat que la història de les falles de Torrent és desconeguda per la majoria dels propis fallers, que diversos estudis que apareixen tots els anys en els llibrets de diferents comissions no tenen difusió ni dins ni fora del món de la festa, que obtindre fotografies de les falles de cada any és en aparença una tasca quasi impossible, i això ha fet que ens decidim a tirar avant este projecte.


La Comissió d’Estudis Fallers Torrentins, no és una entitat tancada, al contrari, necessita de la col.laboració de tots els fallers, de tots els torrentins, i de tota aquella persona que puga aportar documentació, propostes i ganes de difondre les falles torrentines per tot arreu.


El primer repte que ens hem proposat és recopilar els llibrets de les comissions falleres de Torrent al llarg dels anys i digitalitzar-ho per a posar-ho a l’abast de tots. És un repte molt ambiciós, i tot i això, no volem que siga l’únic, encara que això ja depén de la disponibilitat que tinguem i de l’ajuda que trobem. Així que de moment vos demanem ajuda per a recopilar els llibrets torrentins de tota la història per a fer-los públics i que es convertisquen en la primera base de dades que puga oferir la COMFET

miércoles, junio 03, 2009

Hoy que estoy reivindicativo.....

Pues eso que hoy me he levantado reivindicativo y una de las eternas reivindicaciones de un servidor desde hace ….. puffff ya ni recuerdo es el Reglamento Local Fallero de Torrent.

Aquí voy a copiar, ya que este Índice Cronológico se realizó el 20 de diciembre de 2005, todos los pasos que se dieron (de forma abreviada claro está) para la redacción del ¿¿¿“nuevo”??? Reglamento Local Fallero de Torrent.

Alguien lo metió en un cajón a finales del 2002, aunque se sacó un año más tarde, se aprobó por unanimidad por el pleno del Ayuntamiento en febrero de 2004, alguien se ve que lo volvió a meter en un cajón y nunca más se supo de él.




INDICE CRONOLOGICO DEL II CONGRESO LOCAL FALLERO DE TORRENT (CLFT)

- JUNIO 1998

Redacción del Reglamento de Funcionamiento del CLFT

- OCTUBRE 1998

Aprobación del Reglamento de Funcionamiento del CLFT y apertura del plazo de inscripción de los congresistas.

- OCTUBRE 1999

Apertura plazo de presentación de enmiendas. Una vez finalizado el plazo, comienzan las sesiones plenarias del II CLFT, debatiendo artículo por artículo, estuviese o no enmendado. Estas sesiones no fueron operativas, ante la falta de asesoría jurídica que preveía el reglamento de funcionamiento.

- FEBRERO 2000

La Falla Cronista Vicente Beguer i Esteve, remite un escrito a los congresistas falleros al objeto de que fuese convocada una asamblea extraordinaria con carácter urgente del II CLFT, a fin de determinar la conveniencia o no de realizar este congreso, sabiendo que estaba en marcha el VIII CF de JCF Valencia. La Asamblea no se realizó.

- ENERO 2001

Presentación de propuesta de enmienda total al texto aprobado en el año 1982 (Reglamento vigente) y elección de comisión redactora del anteproyecto de Reglamento LFT. Así mismo, se reiteró la petición de dos asesores jurídicos.

- ABRIL/AGOSTO 2001

Redacción por la comisión, del anteproyecto de Reglamento.

- SEPTIEMBRE 2001

20/09/2001 Presentación del anteproyecto a todos los congresistas y apertura del plazo de presentación de enmiendas al mismo.

- OCTUBRE 2001

17/10/2001 Fin del plazo de presentación de enmiendas.
Las fallas que presentaron enmiendas fueron:
- Falla Toledo
- Falla Falangista Antonio Pardo
- Falla Zaragoza
- Falla Parc de Trenor
- Falla Carrer Benemérita Guardia Civil
23/10/2001 Inicio sesiones de debate de las enmiendas presentadas.

- FEBRERO 2002

Finalización del debate de enmiendas al anteproyecto.

- NOVIEMBRE 2002

22/11/2002 Aprobación del Proyecto de Reglamento por el pleno del Congreso y presentación del mismo a la JLFT- Excmo. Ayuntamiento de Torrent.

- NOVIEMBRE 2003

26/11/2003 Informe favorable con propuesta de acuerdo al Pleno del Excmo. Ayuntamientode Torrent, emitido por el sr. Oficial Mayor D. Tomás Conesa Llansola.
27/11/2003 Propuesta de la Concejala Delegada de Fallas al Pleno del Ayuntamiento. de la aprobación del Reglamento Fallero previa deliberación del mismo.

- FEBRERO 2004

02/02/2004 Aprobación inicial del RLFT por el Excmo. Ayuntamiento de Torrent en Pleno en sesión ordinaria
24/02/2004 Edicto del Ayuntamiento de Torrent sobre exposición al público del Reglamento Local Fallero de Torrent en el BOP nº 46.

- MAYO 2004

24/05/2004 Remisión, por parte de la Concejala Delegada de Fallas al II CLFT, de las alegaciones formuladas en el período de exposición pública por:
- Falla Ramón y Cajal (registro de entrada 18/02/2004)
- JLFT (registro de entrada 30/03/2004)
- Falla Avinguda (registro entrada 30/03/2004)

- JUNIO/JULIO 2004

Contestación por el II CLFT de las alegaciones presentadas remitiéndose la misma al Excmo. Ayuntamiento de Torrent.



Desde entonces nada más sabemos.